Si por una enfermedad o accidente ya no puedes trabajar como antes, quizás tengas derecho a una pensión de incapacidad permanente. Este derecho está pensado para ayudar a quienes, por problemas físicos o funcionales graves, no pueden seguir con su labor habitual.
Como acceder a la incapacidad permanente: requisitos
Para acceder a esta pensión, es necesario cumplir ciertos requisitos que varían según la causa de la incapacidad y la situación laboral en la que se encontraba el trabajador en el momento del incidente.
1. Accidente laboral o enfermedad profesional
Si la incapacidad es consecuencia directa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, no necesitas haber cotizado previamente. En este caso, la Seguridad Social considera que la incapacidad se ha producido en el ejercicio de la actividad laboral, por lo que no es necesario un periodo mínimo de cotización.
2. Accidente no laboral
Si la incapacidad se debe a un accidente ocurrido fuera del ámbito laboral, los requisitos dependen de la situación del trabajador en el momento del accidente:
- Si estaba dado de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, no se exige un mínimo de cotización.
- Si no estaba en alta en el momento del accidente, se requiere un mínimo de 15 años de cotización, de los cuales al menos 3 deben haber sido cotizados en los últimos 10 años previos al accidente.
3. Incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez derivada de enfermedad común
Si la incapacidad es consecuencia de una enfermedad que no tiene relación con la actividad laboral, se aplican los siguientes requisitos dependiendo de la edad del trabajador y su situación laboral:
- Menores de 31 años:
- Si están dados de alta o en situación asimilada al alta: Deben haber cotizado al menos un tercio del tiempo desde que cumplieron 16 años.
- Si no están en alta: Se requiere una cotización total de 15 años, con al menos 3 dentro de los últimos 10 años previos a la solicitud.
- Mayores de 31 años:
- Si están dados de alta o en situación asimilada al alta: Deben haber cotizado un cuarto del tiempo transcurrido desde los 20 años, con un mínimo de 5 años cotizados.
- Si no están en alta: Se exige una cotización total de 15 años, con al menos 3 dentro de los últimos 10 años.
Tipos de incapacidad permanente
- Incapacidad Permanente Total (IPT): Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero le permite realizar otro tipo de trabajo.
- Incapacidad Permanente Absoluta (IPA): Impide realizar cualquier actividad laboral.
- Gran Invalidez (GI): Además de la incapacidad absoluta, la persona necesita asistencia de otra persona para su día a día. Esto implica un complemento económico adicional.
Javier y su acceso a la incapacidad permanente total (ejemplo real)
Imaginemos el caso de Javier, un hombre de 44 años que ha trabajado en el sector de la construcción durante más de 20 años. Juan nació el 27 de Febrero de 1979 y, tras cumplir 20 años en 1999, ha estado cotizando de manera continua hasta la fecha. Sin embargo, en 2023, sufrió un accidente laboral que le dejó con secuelas que le impiden continuar trabajando en su profesión.
Situación de Javier
Javier tiene un total de 7 años y 4 meses de cotización a la Seguridad Social. A la hora de solicitar una pensión de incapacidad permanente, es fundamental que cumpla con ciertos requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Requisitos para la incapacidad permanente
Según el artículo 195.3.b) de la LGSS, para acceder a la pensión de incapacidad permanente, Javier debe cumplir con los siguientes criterios:
- Edad: Javier tiene más de 31 años, por lo que se le aplican las condiciones específicas para su grupo de edad.
- Tiempo de cotización: Se requiere que haya cotizado al menos 5 años, y que al menos 1/5 de ese tiempo (es decir, 1 año) esté comprendido dentro de los últimos 10 años antes del hecho causante de la incapacidad.
- Situación de alta: Javier debe haber estado en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en el momento de solicitar la incapacidad.
Análisis de la situación de Javier
- Cotización: Javier ha cotizado 7 años y 4 meses, lo que supera el mínimo de 5 años requerido.
- Período de los últimos 10 años: Desde el 26 de febrero de 2013 (10 años antes de su accidente), Javier ha cotizado aproximadamente 4,27 años. Esto significa que cumple con el requisito de haber cotizado al menos 1 año y medio en ese período.
- Situación asimilada al alta: Es crucial que Javier pueda demostrar que ha estado en situación asimilada al alta desde el 26 de febrero de 2023 hasta la fecha de su solicitud de incapacidad, que es el 30 de julio de 2024.
Conclusión
Si Javier puede acreditar su situación asimilada al alta y cumple con los requisitos de cotización, tiene una buena posibilidad de acceder a la pensión de incapacidad permanente. Sin embargo, si no puede demostrar su situación de alta, se le exigiría una carencia genérica de 15 años, lo que complicaría su acceso a la pensión.
Este caso ilustra la importancia de conocer los requisitos y condiciones para acceder a la incapacidad permanente. Si te encuentras en una situación similar, asegúrate de recopilar toda la documentación necesaria y, si es posible, consulta con un profesional de Muñoz-Zurita que te guíe en el proceso. ¡Tu bienestar es lo más importante!