El pasado 11 de febrero, el Gobierno aprobó una subida del 4,4% en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), situándolo en 16.576 euros brutos anuales, distribuidos en 14 pagas de 1.184 euros. Esta medida supone un incremento de 50 euros mensuales, es decir, 700 euros adicionales al año.
Sin embargo, más allá del aumento, hay un cambio clave que afectará a los trabajadores que perciben este salario: por primera vez, el SMI estará sujeto a retenciones de IRPF. Para aclarar cómo impactará esta medida en las nóminas y en la declaración de la renta, Rafael Zurita, socio fundador de nuestro despacho Muñoz-Zurita, explica los detalles en una entrevista que tuvimos en exclusiva con Onda Cero.
¿Cómo afecta la retención de IRPF al nuevo SMI?
Según explica Rafael Zurita, aunque el salario mínimo ha aumentado, el Gobierno no ha actualizado los límites de exención fiscal. Hasta ahora, las personas que cobraban el SMI no sufrían retenciones en su nómina, pero con este cambio, una parte del salario será retenida, reduciendo el importe neto que los trabajadores recibirán cada mes.
Por ejemplo, una persona soltera y sin hijos podría ver una retención aproximada de 300 euros anuales, aunque esta cifra dependerá de los mínimos personales y familiares de cada contribuyente.
¿Habrá que presentar la declaración de la renta?
Aquí es importante distinguir entre dos conceptos:
- La obligación de retener, que corresponde a los empleadores.
-
La obligación de presentar la declaración de la renta, que sigue rigiéndose por los límites generales:
- Con un solo pagador: 22.000 euros anuales.
- Con dos o más pagadores: 15.576 euros anuales.
Es decir, aunque los trabajadores que perciben el SMI ahora tendrán retenciones, no todos estarán obligados a presentar la declaración.
¿A cuántas personas afecta este cambio?
Según los datos publicados en el BOE, esta subida afecta a 2.240.000 personas, de las cuales 1.579.000 son mujeres (65,8%) y el 26,8% son jóvenes de entre 16 y 24 años.
¿Por qué antes no se tributaba y ahora sí?
Históricamente, el Gobierno ajustaba los límites de exención fiscal cada vez que subía el SMI, asegurando que los trabajadores que cobraban este salario no tuvieran que pagar IRPF. Sin embargo, en esta ocasión, los límites no se han actualizado, lo que ha provocado que una parte del salario pase a tributar.
Este cambio, que entró en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, ha generado incertidumbre entre los trabajadores afectados.
Desde Muñoz-Zurita Asesoría, recomendamos que cada contribuyente revise su caso particular para conocer el impacto exacto de esta medida en su nómina y en su declaración de la renta.